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8 julio, 2022Pacífico Norte Guanacaste
11 julio, 2022La Nueva Propuesta de Pensionado de la Ley para Atraer a los Inversores Extranjeros y a los Pensionistas
Por Hernán A. Carazo ( tourrificticotours@gmail.com )
El Proyecto de Atracción de Inversionistas y Pensionistas Extranjeros - Expediente 22-156 es una iniciativa propuesta por el Gobierno de Costa Rica que actualmente se encuentra tramitando favorablemente en la Asamblea General al haber sido aprobada por abrumadora mayoría en dos ocasiones y solo está a la espera de su publicación en La Gaceta para convertirse en Ley y tiene como objetivo contribuir a la reactivación post pandémica de la economía costarricense y tendría un plazo de vigencia de 5 años a partir de la publicación de la Ley y tiene la opción de extenderse hasta una década. Reduce de US$200,000 el monto requerido para calificar para la Residencia bajo el programa de Residentes Inversionistas, a US$150,000. Actualmente la ley dice lo siguiente para la categoría de solicitantes de residencia Inversionistas y sus Dependientes:
Artículo 87.- Para la solicitud de residencia temporal en calidad de inversionista, la persona extranjera interesada deberá acreditar su inversión con un capital no inferior a US$ 200.000 (doscientos mil dólares) según el tipo de cambio oficial de venta determinado por el BCCR, y ya sea en bienes inmuebles, bienes registrables, acciones, títulos valores y proyectos productivos o de interés nacional como infraestructura turística sostenible. En los casos en que la inversión esté regulada por leyes especiales, se analizará de manera individual.
La propuesta de ley establece que esto se aplicará a todas aquellas personas que estén autorizadas a ingresar a nuestro país bajo las categorías migratorias de Inversionistas, Residentes Jubilados o Residentes Rentistas. El Presidente Alvarado señaló que "Este proyecto ayudará a la reactivación económica de nuestro país, ya que por más de cuatro décadas nuestro país ha otorgado ciertos beneficios para atraer inversionistas, rentistas y pensionados; debido a lo que actualmente vive nuestro país bajo el COVID y lo que está sucediendo a nivel mundial, se presentó este proyecto para poder dar beneficios, para poder aportar, para poder atraer nuevos capitales a la economía costarricense".
Las personas que Se Beneficiarán de este proyecto de ley tendría que recibir el siguiente:
Exención de todos los impuestos de importación por una sola vez, para la importación de artículos para el hogar.
Importación de un vehículo automotor para uso personal o familiar, libre de todo impuesto de importación, arancelario, de venta y de estabilización económica, el cual podrá ser vendido o transferido a terceros, exento de dichos impuestos una vez transcurridos tres años desde la fecha de ingreso del vehículo al país. Una pérdida total permitiría que un vehículo de reemplazo recibiera los mismos beneficios.
Las cantidades declaradas como ingresos para calificar para los beneficios de esta ley también estarán exentos de Impuestos sobre la Renta.
Exoneración del 20% de la propiedad total impuesto a la transferencia de inmuebles adquiridos dentro de la vigencia de esta ley, siempre que el beneficiario es el titular registrado de los activos.
Exención de impuestos para el internamiento de los instrumentos o materiales para uso profesional o de la práctica científica.
Sanciones: En caso de que la persona beneficiaria renuncie a su condición de "Residente Pensionista" o de "Residente Rentista" dentro de la vigencia de esta ley, deberá pagar los impuestos de los que estaba exenta. El texto también establece que: "Para mantener los beneficios que una persona adquiere en cumplimiento de las disposiciones de esta ley, no es obligatoria la demostración de permanencia de un mínimo de días en el país".